Trujillo y la ordenanza de los
Matrimonios del 1944
A veces el Satrapas (llamado
Benefactor en ese entonces) Rafael Leonidas Trujillo intentanbas
enderezar algunas cosas que estaban de por si torcida, quizas, como
una medida de encajonar o controlar toda actividades que acaecian en
nuestro suelo patrrio.
El 25 de enero de 1944 promulgo la ley
499 sobre el matrimonio. Antes de esta fecha. Las personas se
casaban de acuerdo del capitulo sexto del codigo Civil de ese
entonces.
Despues de Anunciada esta ley con
bombos y platillos. La mayoria de las personas que estaban
conviviendo maritalmente bajo un mismo techo o como se dice en
Concubinato, se acercaron a la Oficialia Civil mas cercana para
poner sus papeles reglas. En el Gobierno de Trujillo habia que tener
las cuentas claras, no porque eran personas correctas sino por temor
a “algo”.
En la comun de Bani. Se
celebraron la cantidad de 1,098 casamiento en las oficialias civil,
aparte de los matrimonios Canocicos que se realizaron el las
diferentes Parroquias.
En dichos matrimonios era comun ver
personas que tenian mas de 30 o 40 años conviviendo maritalmente y
en dichas actas fueron reconocidos los hijos que ambos habian
contraidos en ese lapso de tiempo. Esto produjo que habitantes
comunales, poseedores de cedulas, mayores de edad,
que firmaban con un apellido (ya que
eran hijos naturales y firmaban tan solo con el apellido de la madre)
en los adelante firmaban con el apellido del padre. Los Alcalde
Pedaneo de esa epoca, eran los mas cauto, al emitir cualquier
certificacion Pedanea debian de aclararle a las personas como en lo
adelante debian de dar sus datos.
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